Publicación RG 5660 (ARCA) 10/03/2025 Vigencia: 11/03/2025
Mediante la presente resolución se morigeran las consecuencias inmediatas de la falta de cumplimiento de los requerimientos de acción de control electrónico dejando sin efecto diferentes acciones descriptas en el archivo adjunto ubicado en el botón “Más Información”.
En tal sentido subsiste la siguiente sanción, además de las sanciones que pudieran corresponder por aplicación de la ley de procedimiento 11.683: c) Limitación de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) con los alcances previstos en la Resolución General N° 3.832 y sus modificatorias. Dicha situación podrá consultarse en la opción “Estado de tu CUIT” del micrositio de este Organismo denominado “Estados Administrativos (https://www.afip.gob.ar/estadosadministrativosCUIT).
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